Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA, planteado en fecha 23 de julio de 2008, por el abogado Liango Esteban Espinoza, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de julio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio porcobro de bolivares incoado por el ciudadano Licurgo Esteban Espinoza, en su carácter de endosatario en procuración de la empresa Ediciones Larousse de Venezuela, C.A., contra la firma mercantil Consulta Editorial América, C.A., y se establece que la competencia por el territorio corresponde al JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Quedó así REGULADA la competencia por el territorio.