DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en el presente juicio contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara en fecha 26 de mayo de 1995. SIN LUGAR la presente acción Interdictal de Restitución por Despojo incoada por los ciudadanos José Nicolas Méndez y María Florida Galaviz de Méndez, contra el ciudadano Oscar Eduardo Acosta Yánez. SE REVOCA el Decreto Restitutorio dictado por el Tribunal de la causa en fecha 28 de octubre de 1993 y ejecutado por el Tribunal comisionado el 02 de noviembre de 1993, debiendo restituir la posesión al querellado. En consecuencia, se ordena la realización de una experticia complementaria al fallo, a los fines de determinar los daños de la ejecución del interdicto, según lo establecido en el artículo .....