Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los catorce (14) días del mes de Noviembre de dos mil Catorce (2.014). Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación. Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.