En virtud de las anteriores consideraciones este JUZGADO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA por el territorio, en la solicitud por motivo de Declaración de Únicos y Universales Herederos, intentada por los ciudadanos JOSEFINA GARCIA HERNANDEZ, GLORIA URDANETA DE ALTUVE, EGLEE URDANETA DE AVNDAÑO Y ALVARO URDANETA LEÓN, asistidos por el abogado RAFAEL GARCIA HERNANDEZ, todos arriba identificados. En consecuencia una vez que quede firme el presente auto, se ordena su remisión del presente expediente en original a al Juzgado del Municipio Libertador del Distrito Capital.