CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada en fecha 26.07.2011, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 19.07.2011. Se MODIFICA la sentencia recurrida en los términos aquí establecidos, declarandose improcedente la responsabilidad subjetiva basada en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.