Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto el 31-10-2007, por el abogado Hibbert Rodríguez Orellana, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 29-10-2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el cuaderno separado de medida de embargo preventivo, en el juicio por Cobro de Bolívares (vía intimación), seguido por el ciudadano Leandro Antonio Agüero Pereira, contra el ciudadano Jean Franco Trombini Tescari y actuando como tercero opositor el ciudadano Cesar Eugenio Carrillo Duarte. QUEDA ASI CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 29-10-2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara Y RATIFICADA LA MEDIDA DE EMBARGO. Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 284 del CPC.