Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Social, interpuesta por el ciudadano JOSÉ PARGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°10.728.597 plenamente identificada en auto, de este domicilio, contra la empresa GRUPO MULTIPLE 2JR C.A
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada GRUPO MULTIPLE 2JR C.A a que pague al reclamante ya ante identificado, la cantidad QUINCE MILLONES VEINTI TRES MIL OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs.15.023.089,OO) por conceptos de: Antigüedad, Vacaciones Fraccionada, Indemnización por retiro Injustificado y uniforme, Bono Vacacional, utilidades Fraccionadas, Intereses sobre Prestaciones Sociales, Suministro de Botas, Preaviso según lo d.....