En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Amalia Yanji, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, contra la Sentencia de fecha 31/01/2007, dictada por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.