Este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos JIMMI CESAR SIERRA MOLLEJA, titular de la cédula de identidad nº 9.851.390, con domicilio en la calle Coromoto entre Calles Lara y Bolívar, casa S/N, específicamente donde funciona una frutería, propiedad del ciudadano JIMMI CESAR SIERRA MOLLEJA, titular de la cédula de identidad nº 9.851.390; Carora Estado Lara, por cuanto aparecen señalado como responsable por la presunta de la comisión de un delito de SECUESTRO, HOMICIDIO CALIFICADO, ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en los artículos 16 ordinal 12º y artículo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, y 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ALBERTO MELENDEZ, todo de conformidad con lo establecido en los artícu.....