Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: Con Lugar la prescripción alegada por las demandadas: SOTP INGENIERIA DE CONTROL C.A, y CAMOZZI DE VENEZUELA, por los motivos expuestos en la parte motivo de esta decisión. Así se decide