En el día de hoy, quince (15) de mayo de dos mil siete (2007) siendo las nueve de la mañana (09:00 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, Estando presente por la parte demandada SM PHARMA, C.A. y SM ESAMAR, su apoderada judicial, abogada NEYDA PADILLA COLMENAREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 58.938, se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.