En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de abril de 2006, por el abogado Gustavo Cardozo, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 11 de abril de 2006.
En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta y se ordena a la empresa demandada el pago de Bs. 372.533,54, que se discriminan de la siguiente manera:
Antigüedad. Artículo 108 L. O .T. Bs. 5.866,67 x 45 días: Bs. 264.000,15
Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionado. Artículo 219 y 223 L. O. T. Bs. 5.866,67 x 11 días: 64.533,37
Ut.....