Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido y formalizado por la abogada DUMELYS GONZALEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de HIDROLARA C.A. , contra la sentencia de fecha 09 de abril de 2012 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se revoca el referido fallo y se repone la causa al estado de la celebración de la audiencia establecida en el Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, en los artículos 511 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines decida sobre la procedencia de la petición formulad.....