Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, está habilitado conforme a la resolución Nº 01-2017 de fecha quince (15) de Agosto de 2017, emanada de la Coordinación Superior de este Circuito Judicial, y por cuanto el mismo se encuentra de guardia por actuar en todos aquellos asuntos en los cuales se requiera el tramite urgente para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, es por ello que esta juzgadora conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley Organiza Procesal del Trabajo la cual establece: "Ningún acto procesal puede practicarse en día no hábil, ni antes de las seis de la mañana (6:00 a.m.), ni después de las seis de la tarde (6:00 p.m.), a menos que por causa urgente se habiliten el día no hábil y la noc.....