En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL CON MEDIDA INNOMINADA ESPECIAL AGRARIA DE ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES DEL GRUPO EMPRESARIAL TRACTO AMERICA C.A., EN BENEFICIO DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, incoada por el abogado LUÍS SARMIENTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 183.643, en su condición de sustituto del poder conferido al abogado CARLOS BARRETO HERNÁNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 79.996, en su carácter de Director General de la Consultoría Jurídica del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MPPAT); para interponer conforme a lo estipulado en los artículos 2, 3, 7, 25, 27 y 49 ordinal 1°, 87, 89, 137 y.....