Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin que esta decisión pueda constituir un adelanto de opinión sobre el fondo del asunto consultado, DECRETA: la Suspensión de los efectos de la ejecución forzosa decretada en la causa principal en fecha 04 de octubre de 2007 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; a tal fin notifíquese a dicho Juzgado, con copia certificada de la presente decisión a objeto de suspender los efectos de la ejecución forzosa, con la advertencia de que la misma no puede considerarse como anticipo de la sentencia de mérito, pues tal pronunciamiento puede ser desvirtuado, y consecuencialmente levantado, en cualquier estado y grado del proceso.
Se ordena librar el correspondiente Oficio al Juzgado Sexto de Primera I.....