DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 19/02/2010, entre los ciudadanos: JUVENAL ANTONIO GARCIA y BASILISA COROMOTO AZAVACHE JORDAN, ya identificados, ante la Defensoría Pública de Protección del Niño y del Adolescente de Estado Trujillo donde el padre aportara la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) mensuales, y en el mes de agosto igual cantidad adicional por bono vacacional, y en el mes de diciembre aportará dos mensualidades adicionales por bono de aguinaldos, en cuanto a los gastos eventuales (salud, medicinas, académicos y otros) serán compartidos por ambos padres. Las partes aperturaran una cuenta de ahorro en la entidad bancaria "Banco Central" a nombre de la niña.....