El Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la homologación del desistimiento efectuado por el Abogado WILMER AMARO, en su carácter de apoderado de la parte demandante ciudadanos ARGENIS XAVIER MARCHAN GUARECUCO, LEVIS RAFAEL SALAS MORALES, YONATHAN ALEXANDER CARROZ PEÑA, EDIWAR JOSE VIVAS GONZALEZ, XAVIER ALEJANDRO RAMONES SALAS, WILBER JOHAN RODRIGUEZ LUCENA, MIGUEL ANGEL VASQUEZ SILVA, DEYBIS RICARDO MUJICA y FRANKLIN JOSE HERRERA VASQUEZ, supra identificados.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.