Por las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, al convenimiento celebrado en fecha 13 de marzo de 2017, por el ciudadano Manuel Ángel Duno, anteriormente identificado, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil Global Filters C.A., asistido por el abogado Gerardo Pérez González, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 24.055, y por la otra parte la abogada María Matilde Ferrer Zubillaga, anteriormente identificada, actuando con el carácter de representante legal de Inversora Inmobiliaria Colonial C.A. En consecuencia, se le concede a la parte demandada firma mercantil Global Filters C.A., el lapso de noventa (90) días continuos para que entregue el inmueble dado en arrendamiento, libre de personas y cosas, en las mismas.....