Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 16/04/2013

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP01-P-2013-005699 N° Sentencia : Fecha: 16/04/2013
Procedimiento:
Fundamentacion De Medida Cautelar Y Proced. Ordina
Partes:
IMPUTADOS: JOSE REMIGIO MARCUCCI CACERES, Y JOSE ANTONIO DE CARO OSAL,
Resumen:
Ante tales circunstancias, se estima procedente mantener la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme al artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados JOSE REMIGIO MARCUCCI CACERES y JOSE ANTONIO DE CARO OSAL, titulares de las Cédulas de Identidad Nº y, estableciéndose como centro de reclusión CENTRO PENITENCIARIO DE LOS LLANOS, ya que el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana) no esta recibiendo detenidos. Ante la solicitud de la defensa de que se cambiara el centro de reclusión en virtud de que su representado había sido víctima en una causa cuyos imputados se enuentras recluidos en dicho centro penitenciario, a los fines de garantizar la integridad física e incluso la vida del ciudadano José Remigio Marcucci, se acuerda que ambos imputados permanezcan recluidos en Internado Judicial de San Felipe. Se ordenó librar Boleta de Privación de Libertad. TERCERO: En cuanto a la solicitud de la reserva .....
Juez/Ponente:
Leila - Ly de Jesús Ziccarelli De Figarelli
Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control
arriba

N° Expediente : KP01-P-2013-005719 N° Sentencia : Fecha: 16/04/2013
Procedimiento:
Fundamentacion De Medida Cautelar Y Proced. Ordina
Partes:
IMPUTADOS:JORGE LUIS MARTINEZ CUICAS, HECTOR ENRIQUE SAER OROPEZA Y GISELL KARINA MENDOZA SUAREZ
Resumen:
"De igual manera, y en relación al peligro de fuga, previsto en el artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, denunciado por los recurrentes de autos, de que no se encuentran satisfechos en la presente causa, es preciso indicar que en las causas de delitos cuya penas en su límite máximo sean igual o superior los diez (10) años de prisión, esta prohibido expresamente por la ley, específicamente en el parágrafo primero del artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgar medidas cautelares sustitutivas a la privativa de libertad, de las establecidas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, que para los casos en que se subsumen al referido artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, se toma en cuenta el tipo de delito, que por el límite de pena que establecen son de carácter grave, en el caso en estudio, se trata de la precalificación de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS y FABRICACIÓN ILÍCITA DE MUNICIONES, previstos y sancionados en los ar.....
Juez/Ponente:
Leila - Ly de Jesús Ziccarelli De Figarelli
Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados