DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas, que este Tribunal de de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA EL AUTO DE APERTURA DE JUICIO de conformidad con lo establecido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal , contra los acusados ciudadanos: Gregori José Suárez Milán, Yonny Santana Monjes Castañeda, Ángel Custodia Flores y Eric Anthony Orellana Sivira, identificados anteriormente, por la presunta comisión del delito de Tráfico en la Modalidad de Distribución de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Remítase al Tribunal de Juicio que le pueda corresponder en su oportunidad legal. Regístrese, publíquese. Cúmplase.