Por todo lo antes expuesto, este Juzgado IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo de la Certificación de Accidente de Trabajo Nº LAR-25-IA-10-0370, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy, de fecha 06 de septiembre del año 2010. ASÍ SE ESTABLECE.