DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la presente demanda de divorcio ordinario y en consecuencia se disuelve el vínculo conyugal contraído por el ciudadano Ramón Eloy De Jesús Colmenárez Oñates y Mirian Del Carmen Castro León, antes identificados, en fecha diecinueve (19) de agosto del año 1997 ante el Concejo del Municipio Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 25.