DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Concede el Beneficio de Redención de la Pena por el ESTUDIO al penado CARLOS RAMÓN VASQUEZ MORENO, titular de la cédula de identidad Nº V.-..., por el lapso de TRES (03) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS, que se le restan de la pena que le fue impuesta, computándosele como pena cumplida, todo de conformidad con los Artículos 03, 05 y Primer Aparte del Artículo 06 de la Ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. Practíquese Nuevo Cómputo sumándole la presente redención y Remítase copia al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental "Sargento David Viloria", Notifíquese al Fiscal Decimo Tercero del Ministerio Público, a la Defensa, .....