Por las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la decisión dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29 de Noviembre del 2003 mediante la cual DECLARO CON LUGAR la solicitud de HABEAS CORPUS solicitado por el Abg. Domingo Montes de Oca, en su condición de Defensor del Pueblo, en representación del ciudadano Pedro Emilio Álvarez.
Publíquese, Regístrese y Comuníquese. Remítase el expediente al Tribunal de Origen.