CON LUGAR la demanda por motivo de desalojo interpuesta por ANA MORILLO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.259.673 Contra: MARIA CECILIA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.397.488.
2. SE ORDENA a la locataria la entrega libre de bienes y personas a la actora del apartamento Nº 12, de las Residencias Cinco, P.B., Avenida Pedro León Torres, entre calles 49 y 50, Municipio Iribarren del estado Lara.
3. SE ORDENA el pago de NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 900,00), por los cánones dejados de cancelar, a razón de CIENTO OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 180,00) mensuales, desde febrero de 2009 hasta junio de 2009, y los que se sigan venciendo, hasta la entrega definitiva del inmueble, siendo que debe descontarse el dinero consignado a favor de la ciudadana MARIA CECILIA GONZÁLEZ, en el expediente de consignaciones llevado ante el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, s.....