Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Pedro León Daza Freitez en su carácter de Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público del Estado Lara, contra la Sentencia Definitiva dictada en fecha 16 de Febrero de 2011 y fundamentada en fecha 24 de Febrero de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano Deivi José Castillo.
SEGUNDO: Queda ANULADA la Sentencia apelada, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, constituido en forma mixta y con el voto salvado de la Juez Presidente.
TERCERO: Se mantiene la medida de coerción que tenía el acusado DEIVI JOSE .....