DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. PEDRO JOSE TROCONIS DA SILVA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano WINDER ALEXANDER MONTERREY PAEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 06 de éste Circuito Judicial Penal, de fecha 18 de Abril de 2013, mediante el cual niega por improcedente el decreto de decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, requerida por la defensa conforme a lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, dictada en contra del acusado WINDER ALEXANDER MONTERREY PAEZ, ut supra identificado, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la le.....