DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal Mixto, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la responsabilidad Penal del adolescente, (Identidad Omitida) por el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 y 6 ordinales 1°, 2° 3° 5° 8° y 12° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotores, en perjuicio del ciudadano SILVANO GÁMEZ VÁSQUEZ TORRES. Y lo sanciona a La PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de Dos (02) años, prevista en el Artículo 628 Parágrafo Segundo Literal “A” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena el Cese de la Medida Cautelar del Artículo 582 Literal “C” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. No Se Libran Boleta de Notificación por salir en tiempo hábil la publicación del texto integro de la sentencia. Remítase al Tribunal de Ejecución las presentes actuaciones una vez vencido el.....