DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ¬¬¬CON LUGAR la apelación interpuesta por el abg. LUIS ELBANO ZERPA SANTELIZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 17.334, de este domicilio, actuando en su propio nombre contra la sentencia interlocutoria con carácter definitivo dictada por el JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 23 de Septiembre del año 2013, REVOCANDOSE la misma y ORDENÁNDOSE al a quo que admita y tramite la presente pretensión de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales.
No hay condenatoria en costas por no existir relación jurídica procesal alguna.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese .....