DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Visto la forma en que se presentaron los hechos según el Ministerio Público, así como lo alegado por la Defensa técnica, se acuerda CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos RANDY DAVID RODRIGUEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.355.050, WILMER JOSE PEREZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.082.696 y JAIRO MIGUEL GARCIA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.977.087, de conformidad con el numeral 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. SEGUNDO: Se admite la Precalifica.....