Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el tercero interviniente contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, actuando en Sede Constitucional, en fecha 02 de febrero de 2015.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional planteada por la entidad de trabajo INVERSIONES REFRESCOS MARBEL C.A. contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA "SEDE JOSÉ PIO TAMAYO"
TERCERO: SE CONFIRMA el fallo recurrido.
CUARTO: Se ordena notificar de la presente decisión a todas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
QUINTO: No hay condena en Costas, dada la n.....