Este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 16 de marzo del 2004, por el abogado HUGO RODRIGUEZ OVALLES, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera de Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 10 de marzo de 2004; y con lugar el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 17 de marzo de 2004, por el abogado NESTOR ALVAREZ YEPEZ, apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo en Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 10 de marzo del 2004.