DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que, este Tribunal de Control N° 9 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: se procedió a DECRETAR a favor del Ciudadano EDUARDO RAFAEL CANELA SILVA La Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un (01) año de conformidad con los artículos 42,43 Código Orgánico Procesal Penal; por la comisión del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha de comisión de los hechos la comisión del delito, quedando obligado a cumplir con las condiciones contenida en el articulo 44 ordinales 1°, 3° y 8° del COPP; como lo son residir en un lugar determinado, abstenerse de consumir sustancias estupefacientes o bebidas alcohólicas y mantenerse en un emple.....