Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS GERARDO CORTEZ OTERO, contra la sentencia dictada en fecha 11 de mayo de 2010, por el Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se modifica el fallo apelado y se FIJA dicha obligación en la cantidad de Doscientos Veinticinco Bolívares con veinte céntimos (Bs. 225,20). Asimismo se revoca la Disposición relativa al incremento anual del 10% del salario del ciudadano CARLOS GERARDO CORTEZ OTERO, se mantiene la medida que establece que deberá cubrir un Cincuenta por ciento (50%) de los gastos de uniformes, útiles escolares, matricula y mensualidad escolar, vestido, calzado, asistenci.....