Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Angélica Joves Contreras, en su condición de defensora pública, del imputado Rafael Simón Morón Parada, contra de la decisión dictada en la audiencia oral celebrada en fecha 04-05-2014 y fundamentada en fecha 13-05-2014, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en función de Control Nº 01 del circuito judicial penal del estado Lara, en el asunto Nº KP01-P-2014-009543, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado Rafael Simón Morón Parada, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito Agravado en la Modalidad de Ocultación, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo ap.....