DISPOSITIVA
En tal virtud este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar, la presente solicitud de rectificación del acta de nacimiento de la niña (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNA), de 09 años de edad, la cual se encuentra asentada por la Prefectura de la Parroquia Carache, Municipio Carache del Estado Trujillo, bajo el Nro. 89, correspondiente al año 1.998, en el sentido de que se asiente la respectiva nota marginal indicando que el parentesco que tiene la niña, para con sus padres, es: "...HIJA...". Envíese copia certificada de ésta decisión al ciudadano Registrador Civil del Municipio Carache del Estado Trujillo, y al Registrador Principal del mismo Estado, a los fines indicados en el Código Civil. Dada, firmada y sellada en la sede del despacho de éste Tribunal. En Trujillo a los diecisiete (17) días del mes de Diciembre del año dos mil siete (2007). Años: 197º.....