PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto, por el Abg. Pedro Troconis Da Silva, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos Wilfred Enrique Tovar Calderón y Pilar Serafín Tovar Escobar, contra la decisión dictada por la Juez de Juicio N° 6 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de octubre de 2006, mediante la cual Niega la Solicitud de Revisión y Decaimiento de la Medida Cautelar Privativa de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 244, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que lo que se pretendía con el mismo, resulta INOFICIOSO en este momento procesal, por cuanto se evidenció de la revisión efectuada en el sistema informático Juris 2000, que en fecha 13 de Diciembre de 2006, la Juez de Juicio N° 6 de este Circuito Judicial Penal, DECLARA INOCENTES A LOS CIUDADANOS Wilfred Enrique Tovar Calderón y Pilar Serafín Tovar Escobar, ordenándose su LIBERTAD INMEDIATA DESDE LA SALA, de conformidad con el artículo 8, 13 en r.....