DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Evacuadas como han sido las pruebas que han sido traídas a este Juicio Oral y Público una vez analizadas cada una de ellas concluye que no quedó demostrado durante el presente juicio la responsabilidad del ciudadano JULIO CESAR MENDEZ SUAREZ , titular de la cédula de identidad N° 12.246.045, en los hechos por los cuales fue acusado por el Ministerio Público en el delitos HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FUSTRACION, previstos y sancionados en el artículo 407 del Código Penal Vigente para la época, por lo que este Tribunal lo declara INCULPABLE, y en consecuencia queda absuelto de responsabilidad penal en el hecho objeto de la presente causa. SEGUNDO: se declara el cese de la medida de coerción personal que pesa sobre el ciudadano .....