Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACION interpuesta por el ABG. JESUS JIMENEZ PERAZA, inscrito en el I. P. S. A. bajo el N° 6.356, apoderado judicial del ciudadano CARLOS PASTOR GARCIA PEREZ, identificado en autos y parte demandada en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 19 de Octubre del 2.009, revocándose en consecuencia parcialmente la misma y decidiéndose lo siguiente:
A) Se RATIFICA el monto de Bs. F. 13.673,00 demandado y condenado a pagar por el a quo por concepto a lo establecido en el ordinal 1° de dicho artículo 456 del Código de Comercio.
B) Se REVOCA el pago de la cantidad de Bs. F. 410,19 por concepto de intereses moratorios acumulados desde el vencimiento hasta el 23 de Septiembre del 2.004 calculada al 1% anual por considerarlo contrario al ordinal del 2° del artículo 456 del Código de Comercio.
C) Se RATIFIC.....