En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 28 de febrero de 2007, por la ciudadana Egilda González, abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el N° 92.307, actuando en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora, ciudadana Verushka M Moratinos M, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 12.848.983 y de este domicilio, contra la sentencia proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 21 de febrero de 2007.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Queda así CONFIRMADA la sentencia recurrida.
Ex.....