Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Profesional del Derecho Abg. Manuel Coromoto Brito Sánchez, en su condición de Defensor Privado de la ciudadana Ana Velásquez, contra la decisión proferida en la Audiencia de Oral celebrada en fecha 23 de Febrero de 2011 y fundamentada el 01 de Marzo del mismo año, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE NULIDAD PRESENTADA POR LA DEFENSA, fundamentada en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones, al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6.....