PRIMERO: Declara CULPABLE, al ciudadano CARL ALEJANDRO SERRANO URRIETA, titular de la cedula de identidad Nº 21.505.920, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la mujer a una vida libre de violencia, en agravio de Gabriela Cecilia Domínguez Moros, titular de la cédula de identidad N° V.- 19344075. SEGUNDO: En consecuencia LA PENA A CUMPLIR EN DEFINITIVA ES DE OCHO (08) MESES DE PRISION, y las accesorias de ley previstas en el artículo 69 numerales 2 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, relativa a la inhabilitación política mientras dure la pena. TERCERO: No se condena en Costas Procésales al ciudadano CARL ALEJANDRO SERRANO URRIETA, titular de la cedula de identidad Nº 21.505.920, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violenci.....