/Este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución, Administrando Judicial en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado LEANDRO JAVIER LÓPEZ RIVERO, titular de la cédula de Identidad N° 14.702.394, por cuanto están llenos los extremos exigidos por en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal y en el artículo 66 de la Ley de Régimen Penitenciario, el que deberá cumplir en el Centro de Pernocta. Internado Judicial de Barquisimeto, Estado Lara, todo de conformidad con la competencia otorgada en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.