DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos: ROMAN ANTONIO CASTELLANOS VALERA y KARELIS MILEIDA CALDERON RAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.718.667 y 10.310.213, por ante la Prefectura del Municipio hoy Parroquia Chiquinquirá del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, en fecha 30 de septiembre de mil novecientos ochenta y siete (1.987), bajo el acta No. 44. Así se decide.
De conformidad a lo dispuesto en los Artículos; 506 y 507 del Código Civil, se ordena librar sendas copias certificadas de la presente decisión, al Jefe de Registro Civil del Municipio Trujillo del Estado Trujillo y al Registrador Principal de éste Estado, en su.....