Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:PRIMERO: Sin lugar la demanda en virtud de que se declaró la cosa juzgada opuesta por la demandada.SEGUNDO: No se condena en costas a la parte actora porque alegó ingresos inferiores a los tres (3) salarios mínimos conforme el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.