D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA al penado JEAN CARLOS CABRERA CORDERO, LA TRANSFERENCIA para el "Centro de Servicio Nacional Penitenciario de Charallave "Dr. José Alfredo Rodríguez González" ubicado en la siguiente dirección: "Sector plaza Páez con Plaza Vieja, detrás del Colegio Teresa Bolívar de Parra Telf. 0239-2486620, Charallave Estado-Miranda; donde deberá continuar cumpliendo la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, y las condiciones impuestas, que son las siguientes: 1.-Debe recibir orientación psicológica con el fin de establecer la adquisición .....