este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFORME A ESA CONFESIÓN y a las pruebas que rielan en autos, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por PABLO ANTONIO CASTILLO GUEVARA, , titular de la cédula de identidad Nº 15.426.946 contra la empresa DISTRIBUIDORA Y SERVICIOS DISER C.A. representada por el ciudadano LUIS GALLARDO.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada DISTRIBUIDORA Y SERVICIOS DISER C.A al pago de la cantidad de NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.F 9.188,49 ), por los siguientes conceptos calculados conforme a los salarios básicos mensuales expresados por la actora en su libelo, de los cuales el ultimo fue de Bs.514, 28 (Bs.17,14 diario) a los cuales se les adiciono las alícuotas de utilidades (15dias) y bono vacacional (7dias) para el calculo del salario integral (*18,19):
1. *45 dias Antigüedad 24-03-06.....