en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de
Nacimiento presentada en copia certificada a los autos que conforman el presente expediente, y así se decide. En consecuencia, se ordena la rectificación del acta de nacimiento que se detalla a continuación:
Rectificación del Acta de Nacimiento signada con el Nº 1062, año 2005, de la ciudadana MARIA ELENA PADRÓN, de los Libros de Registro Civil de Actas de Nacimiento llevados por el Registro Civil de la Parroquia El Cují, Municipio Iribarren del Estado Lara, ya que en la referida acta se cometió errores materiales involuntarios en cuanto a que se omitió indicar el número de cédula de identidad de la madre, la ciudadana MARIBEL COROMOTO PEDRON MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.816.359, en la cual alega la existencia de un error de fondo, siendo lo correcto "QUE LA CIUDADANA MARIBEL COROMOTO PEDRON ME.....