Se Acuerda la Homologación del Acuerdo Reparatorio celebrado en la presente causa. SEGUNDO: Se Decreta la Extinción de la Acción Penal de conformidad con el artículo 48 Ordinal 6to. Del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Decreta el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con lo previsto en el artículo 318 Ord. 3ro. Del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: SE Decreta la libertad Plena y el cese de toda medida de coerción que pesaba sobre el imputado. Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Cúmplase.